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CANAL DE DENUNCIAS
Recuerde la importancia social y ética del papel informativo en favor del interés público. Informar sobre infracciones puede contribuir a prevenir o detectar situaciones que afecten negativamente no solo a la empresa sino al bien común, como el fraude, la corrupción, el blanqueo de capitales o el terrorismo.
Por favor, antes de realizar una comunicación, lea el "Protocolo del canal de denuncias" y la "Política de protección de datos personales" para conocer el procedimiento, sus derechos y obligaciones.
Pueden hacer uso del canal de denuncias establecido por la Desarrollo Proyectos Empresariales Pico y Asociados SL todas aquellas personas físicas que hayan obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional dentro de su relación con la empresa.
Obligación de denunciar
Toda persona dentro de la EMPRESA que haya obtenido información sobre infracciones en un contexto laboral o profesional dentro de su relación con la empresa, tendrá la obligación de comunicarlo a través del procedimiento establecido y sin dilación indebida.
El incumplimiento de la obligación de denunciar podrá constituir una infracción muy grave en el régimen disciplinario de la EMPRESA.
Actos denunciables
Se considerarán infracciones denunciables a través del canal de denuncias todos aquellos actos relacionados con las acciones u omisiones que:
- Puedan constituir infracciones del Derecho de la Unión Europea.
- Puedan ser constitutivas de infracción penal o administrativa grave o muy grave.
- Puedan ser constitutivas de infracción de las políticas o normativas internas de la EMPRESA.
Algunos ejemplos de actos denunciables son:
- Prácticas de corrupción, sobornos, fraudes, o malversación de fondos.
- Incumplimiento de acuerdos con clientes o proveedores.
- Utilización no autorizada de la información de la compañía, de sus clientes o proveedores.
- Uso inapropiado de los recursos de la empresa.
- Falsificación de documentos o registros contables.
- Conflicto de intereses. Primar el interés propio mediante actuaciones incorrectas en el ejercicio de las obligaciones profesionales.
- Incumplimiento de las políticas de seguridad y salud en el trabajo.
- Acoso o discriminación dentro del ámbito laboral.
- En general, cualquier incumplimiento de las políticas o normativas de la empresa.
Acceso y comunicación
Las personas que conozcan o sospechen cualquier tipo de infracción podrán comunicarla por alguno de los siguientes canales:
- Rellenando el documento descargable y enviándolo por:
Correo postal: A/A del “Comité de Denuncias”, C/ Filet de Fora 22AC 03203 Elche (Alicante)
Correo electrónico: denuncias@picoasociados.es - A través del formulario de contacto habilitado en https://picoasociados.es/canal-denuncias
- Mediante una reunión presencial a solicitud del informante al Comité de Denuncias.
Derechos del informante
En la comunicación de la infracción el informante tiene derecho a:
- Formular la comunicación de forma anónima o no anónima. En caso de realizar una comunicación anónima, el informante estará renunciando a conocer el estado de la tramitación de su denuncia y los resultados de la investigación.
- Indicar un domicilio, correo electrónico o lugar seguro donde recibir las comunicaciones que se realicen a propósito de la investigación.
- Renunciar a recibir comunicaciones.
- Ejercer los derechos que le confiere la legislación de protección de datos de carácter personal.
- Conocer el estado de la tramitación de su denuncia y los resultados de la investigación, salvo haya renunciado a recibir comunicaciones o la comunicación fuera anónima.
- Realizar su denuncia ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I., o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, ya sea directamente o previa comunicación a través de este canal. El órgano autonómico de referencia correspondiente a la localización de la EMPRESA en el que poder ejercer su derecho será la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, a través de la web https://www.antifraucv.es
Comunicación de denuncias falsas o de mala fe
La comunicación de hechos falsos, con una actitud maliciosa y moralmente deshonesta podrá derivar en medidas sancionadores de conformidad con el régimen disciplinario de la EMPRESA.
Recepción de informaciones
Presentada la información por cualquiera de los canales previstos, se procederá a su registro siéndole asignado un código único de identificación.
Recibida la información, en un plazo no superior a cinco días hábiles desde dicha recepción se procederá a acusar recibo de la misma, a menos que el informante expresamente haya renunciado a recibir comunicaciones relativas a la investigación o la comunicación se haya realizado de forma anónima.
Trámite de admisión
Registrada la información, el Comité de Denuncias deberá comprobar si esta expone hechos o conductas denunciables.
Se comunicará al informante la decisión dentro de los cinco días hábiles siguientes, salvo que la comunicación fuera anónima o el informante hubiera renunciado a recibir comunicaciones.
Verificación e investigación
Tras la admisión, el Comité de Denuncias iniciará la investigación que comprenderá todas aquellas actuaciones encaminadas a comprobar la verosimilitud de los hechos relatados.
Terminación de las actuaciones
Concluida la investigación, el Comité de Denuncias adoptará alguna de las siguientes decisiones:
- Archivo del expediente, que será notificado al informante.
- Remisión al Ministerio Fiscal. Si el delito afectase a los intereses financieros de la Unión Europea, se remitirá a la Fiscalía Europea.
- Traslado de todo lo actuado a la entidad, departamento o responsable dentro de la empresa que se considere competente para su tramitación.
El plazo para finalizar las actuaciones y dar respuesta al informante, salvo que haya renunciado a ello o que la comunicación sea anónima, no podrá ser superior a tres meses desde la entrada en registro de la información.
Las decisiones adoptadas por el Comité de Denuncias podrán ser recurribles o comunicadas por el informante ante la Autoridad Independiente de Protección del Informante, A.A.I. o a la Autoridad Judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente que considere oportuna.
MEDIADAS DE PROTECCIÓN
Las personas que comuniquen o revelen infracciones tienen el derecho a la protección que la Ley les ofrece, además de ellas, podrán acceder a las medidas de protección las relacionadas con estas que puedan verse perjudicadas o represaliadas como, por ejemplo, familiares o compañeros de trabajo. En cualquier caso, podrán acudir a la Agencia de Prevención y Lucha contra el Fraude y la Corrupción de la Comunitat Valenciana, a través de la web https://www.antifraucv.es, para solicitar las medidas de protección y apoyo que la Ley les confiere.
En cumplimiento del Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, le informamos que los datos personales que facilite y aquellos generados como consecuencia de las investigaciones realizadas, serán tratados bajo responsabilidad de Desarrollo Proyectos Empresariales Pico y Asociados SL, con la exclusiva finalidad de cursar y decidir sobre la admisión a trámite de las denuncias recibidas, proceder a su análisis, instruir los expedientes y realizar las actuaciones que procedan a tal efecto. Todo en base al cumplimiento de una obligación legal y el cumplimiento de una misión realizada en interés público, conforme a la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción. Los datos serán objeto de tratamiento durante el tiempo imprescindible para decidir sobre la procedencia de iniciar una investigación sobre los hechos denunciados y, en su caso, para la tramitación de la misma. Los datos personales no se cederán a terceros, salvo a la Autoridad judicial, al Ministerio Fiscal o a la autoridad administrativa competente en el marco de una investigación penal o disciplinaria. Tiene derecho a acceder a sus datos personales, rectificación, supresión, limitación, oposición, portabilidad, retirada del consentimiento y a presentar reclamación ante una autoridad de control competente. Para más información sobre sus datos personales, derechos o como ejercerlos puede contactar con nosotros en info@picoasociados.es o Filet de Fora, 22AC, 03203 Elche, Alicante.
Las personas que conozcan o sospechen cualquier tipo de infracción podrán comunicarla por alguno de los siguientes canales:
Rellene el modelo de documento descargable y envíelo por alguno de los siguientes medios:
- Correo postal: A/A del “Comité de Denuncias”, C/ Filet de Fora 22AC 03203 Elche (Alicante)
- Correo electrónico: denuncias@picoasociados.es
- El siguiente formulario: